domingo, 15 de mayo de 2016

                                            ACOSO LABORAL
Conducta persistente y demostrable, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo“
MODALIDADES DE ACOSO LABORAL
. Maltrato Laboral:
Persecución Laboral:
Inequidad Laboral
Entorpecimiento Laboral
Desprotección Laboral
CONDUCTAS QUE CONSTITUYEN ACOSO LABORAL
Agresión física.
Expresiones hostiles
Injustificadas amenazas de despido
Descalificación humillante en presencia de compañeros de trabajo
Burlas sobre la apariencia física y la forma de vestir
Alusión pública a hechos íntimos
BIENES JURIDICOS PROTEGIDOS
El trabajo en condiciones dignas y justas.
la libertad.
la intimidad
la honra
la salud mental de los trabajadores
la armonía entre quienes comparten un mismo ambiente laboral
El buen ambiente en la empresa
SUJETOS ACTIVOS O AUTORES DEL ACOSO LABORAL
Jefes, supervisores, gerentes, persona responsable hacer cumplir normas y reglas
SUJETOS PASIVOS O VICTIMAS DEL ACOSO LABORAL
Los trabajadores o Empleados sujetos a una relación de trabajo.

ACTIVIDADES DE PREVENCION Y CORRECCION
-          Espacios de diálogo.
• Diseño y aplicación de actividades.
• Formular las recomendaciones.
• Examinar conductas específicas.

• Efectuar capacitación.
CARTILLA LABORAL
ARTICULO 10 OBJETO.
 La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.
ARTICULO 30
 El presente Código regula las relaciones de derecho individual del Trabajo de carácter particular, y las de derecho colectivo del Trabajo, oficiales y particulares.
1. Contrato de trabajo es aquél por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.
2. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, patrono, y la contrato de trabajo remuneración, cualquiera que sea su forma, salario
TODO LO QUE DEBE SABER COMO EMPLEADOR
-       CLASES DE CONTRATOS: termino fijo, término indefinido, por duración de la obra,
-       PAGOS LABORALES: salario mínimo, jornada ordinaria, trabajo diurno y nocturno, hora extras, descanso dominical remunerado, días festivos,
 NOTA: Recuerde en Colombia nadie puede devengar un salario inferior al mínimo legal cuando labora la jornada máxima legal.
-       PRESTACIONES SOCIALES: son beneficios legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicionalmente al salario ordinario
-       PRIMA DE SERVICIOS: Equivalente a 15 días de salario
-       AUXILIO DE CESANTIAS: Este beneficio tiene como fin brindarle al trabajador un medio de subsistencia a la terminación del contrato de trabajo
-       INTERESES A LAS CESANTIAS: En enero de cada año, el empleador debe pagar directamente al trabajador intereses sobre las cesantías a una tasa del 12% anual
-       APORTES PARAFISCALES: Todas las empresas deben inscribirse en una caja de compensación familiar.
-       AUXILIO DE TRANSPORTE: Los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales tienen derecho al pago del auxilio de transporte fijado por el Gobierno Nacional
-       SEGURIDAD SOCIAL: Tiene como objetivo brindarle a los trabajadores y a sus familias, una protección integral en la invalidez, vejez y muerte, para cubrir los riesgos que puedan afectar su salud.
-       PENSIONES: El sistema cubre los riesgos de invalidez, vejez y muerte por causa común
-       SALUD: El sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador y de su familia
-       RIESGOS LABORALES: cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador por causa de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, e igualmente las pensiones por invalidez y muerte generadas por tales enfermedades.
-       INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SIN JUSTA CAUSA POR PARTE DEL EMPLEADOR: Si el empleador da por terminado el contrato sin existir una justa causa comprobada o provoca que con justa causa el trabajador lo termine, deberá pagar una indemnización
-       COMO SE PAGAN LAS INCAPACIDADES: son pagadas por la EPS y no por la empresa. La empresa debe pagar la incapacidad únicamente en el caso en que no haya afiliado a seguridad social al empleado afectado



sábado, 2 de abril de 2016

                                        CONTRATO LABORAL

                                        




Toda persona antes de entrar a laboral a una empresa seria y comprometida tendrá antes que suscribir su el correspondiente contrato
El contrato laboral es aquel por el cual una persona se obliga a prestar un servicio a otra persona jurídica teniendo como remuneración un salario fijo, esta persona jurídica ya puede ser una compañía o un gerente de su propio negocio, tenemos que tener en cuenta que dos personas jurídicas no pueden firmar contratos entre ellas.
En el contrato laboral debemos tener tres puntos seguros,
-      Prestación personal del servicio
-      Coordinación y dependencia
-      Remuneración o salario
Modalidades del contrato
-      Verbal: en ponerse de acuerdo el empleado y empleador con ciertos términos en el lugar donde le prestara el servicio
-      Escritos: consta por un documento firmado por ambas partes donde incluidas las condiciones del mismo
-      Contrato de realidad: surge de lo que ocurre en la práctica independientemente de lo que haya expresado en un documento  
Contrato de trabajo a término fijo
Este contrato no puede ser inferior a tres  meses y en caso de su terminación el empleador debe avisar un mes con anticipación
Contrato a un año
Este no deberá ser inferior a un año y llegado el caso de renovar el contrato debería ser por el mismo tiempo y únicamente debería prorrogarse en tres veces
Contrato indefinido
Este tiene vigencia mientras subsistan las causas que le dieron origen y la materia de trabajo y este no requiere forma escrita sino un acuerdo entre ambas partes
Contrato de obra
Se requiere que se pacte por escrito y el empleador puede dar este como terminado después que haya finalizado el 80% de la obra o labor
Periodo de prueba
Etapa inicial del contrato, el empleador puede apreciar la aptitud de empleado para su conveniencia de las condiciones de trabajo
Terminación de contrato
-      Muerte del trabajador
-      Mutuo sentimiento
-      Vencimiento de plazo pactado
-      Terminación de obra
-      Liquidación de la empresa
-      Sentencia ejecutoriada

Los despidos que requieren autorización legal son los siguientes
-      Trabajadora en estado de embarazo
-      Trabajador amprado por el fuero sindical
-      Incumplimiento de instrucciones sobre salud ocupacional
-      Despidos colectivos
-      Trabajador con limitaciones

Para la terminación de contrato es preferible que haga de forma escrita ya sea el empleado o empleador que quiera dar por terminado el contrato

viernes, 18 de marzo de 2016

ORIGEN DE LA LEGISLACION LABORAL
En un tiempo atrás mucho antes de que los españoles llegaran a nuestras tierras, los indígenas o aborígenes eran personas libres que se dedicaban a la pesca, la caza y la agricultura y como ley solo existían las órdenes o reglas que impartía quienes ellos mismo consideraban que tenía las cualidades para ser el jefe.
Después de la llegada de los españoles, el rumbo de la vida de los aborígenes cambio totalmente, eran explotados para el beneficio de los españoles y su vida era reprimida y sin armonía, los españoles aprovechándose de los nativos crearon leyes que pudieran oprimir más a los indígenas y de esta forma poder tener más control sobre ellos. Fue en esta época donde se creó una de las primeras forma de legislación, llamada Legislación Indiana.
A pesar del grito de independencia y de que se tumbara el régimen de esclavitud, no se logró volver al estilo de vida que llevaban antes las personas, en cambio se ejecutó una nueva e innovadora forma de gobierno en la cual se elegía a un gobernante para que se encargara del país. A partir de esto se crearon ciertas leyes que beneficiarían al pueblo, algunas de estas son:
·         Ley 29 de 1905; pensión de jubilación para los magistrado de la corte suprema que cumplieran la edad de 60 años.
·         Ley 57 de 1915; el gobiernos debe responder por los gastos de los obreros, en caso de que este tuviera un accidente de trabajo.
CÒDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
Contiene tres grandes aspectos en el campo de derecho social.
Derecho individual del trabajo: Es el deber que tiene tanto el empleador como el trabajador para cumplir con las normas que se establecen a la hora de firmar el contrato laboral y las cuales se deben mantener a lo largo del trabajo.
Derecho colectivo del trabajo: Es el poder que adquieren los empleados mediante su derecho de crear un sindicato para velar por el bienestar de todos los trabajadores y obtener buenas condiciones de trabajo regidos por el ministerio de protección social.
El sistema de seguridad social integral: Servicio público obligatoria que se presta bajo la dirección del estado y garantiza los derechos de la comunidad para tener una buena calidad de vida que proporcione dignidad humano.

SERVIDORE PUBLICOS
 Se les llama a los empleados públicos y a los trabajadores oficiales

QUE ES TRBAJO?
Toda actividad humana, libre licita, ya sea material o intelectual permanente o transitoria que una persona ejecuta
APLICACION DE LAS NORMAS
Todo empleado y empleador tiene que seguir una seria de normas y leyes establecidas por el gobierno, en caso de no acatar estas no el empleado puede ser despedido y el empleador puede tener varias clases de multas y sanciones




domingo, 6 de marzo de 2016

FUEROS



Existen varios fueros:

Empleados públicos de carrera administrativa
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Sindical
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Maternidad Circunstancial
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Discapacidad.
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